Por un lado, la igualdad es la condición en la que se reconoce el mismo estatus para dos personas evidentemente diferentes. La igualdad plantea una situación de equivalencia completamente proporcional, además, implica una repartición justa de obligaciones y derechos. Hablar de igualdad implica hablar de un principio jurídico universal que establece que todas las personas son iguales, que no existen diferencias en el valor sin importar la raza, nacionalidad, género, preferencias sexuales, edad y otros.
Equidad, aunque similar a igualdad, lleva otras connotaciones agregadas. La equidad involucra un reparto justo entre “desiguales”, es decir, “para cada quien de acuerdo con sus necesidades y a cada uno de acuerdo a sus capacidades”. Puede decirse que dentro de la equidad no hay igualdad, sino justicia. Por ejemplo, la equidad de género se asegura de que exista justicia entre ambos géneros. Al hablar de equidad, se habla de un reparto equivalente y justo de obligaciones, responsabilidades y beneficios.


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